DEMANDA DE AMPARO.
Sólo puede ser desechada cuando existan motivos manifiestos e indudables de improcedencia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287294-07ac9c56/demanda-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Palma Puerto Fidel. 10 de agosto de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Agustín Urdapilleta y José M. Mena no votaron, por las razones que se expresan en el acta del día. Excusa: Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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