JUICIOS SUCESORIOS.
El hecho de que la mayoría de los herederos se hayan sometido expresamente a la jurisdicción de un Juez, no basta para que se surta la competencia de éste, para conocer de un juicio sucesorio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/287357-49a37fae/juicios-sucesorios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Competencia en amparo civil. Suscitada entre los Jueces, de Primera Instancia de Pinos, Zacatecas, y el de Lagos de Moreno, Jalisco. 6 de septiembre de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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