SUSPENSION.
Debe concederse, cuando en caso de no suspenderse el acto reclamado, quedaría el juicio de amparo sin materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288351-f76bcf6e/suspension · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "Compañía Periodística Nacional, S. A.". 7 de septiembre de 1920. Mayoría de diez votos. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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