Corpus
Modo: Corpus Pro

COPIAS PARA EL AMPARO DIRECTO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 288469 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1234

Cuando su falta de presentación es imputable únicamente al quejoso, debe desecharse la demanda, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Amparo.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288469-b94a1118/copias-para-el-amparo-directo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo civil directo. Viezca Adalberto A. y coagraviados. 12 de octubre de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Benito Flores y Alberto M. González no votaron por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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