Corpus
Modo: Corpus Pro

AUDIENCIA EN LOS JUICIOS DE AMPARO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 288571 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 1465

El día señalado para la audiencia en los juicios de amparo, deben ser recibidas las pruebas que en el acto ofrezcan las partes, siendo admisibles todas las que indica el código procesal respectivo, excepto la de posiciones; pero si al presentarse un documento cualquiera de los interesados lo objeta de falso, el Juez debe suspender la audiencia, para continuarla dentro de los diez días siguientes, en la cual se presentarán las pruebas relativas a la autenticidad del documento objetado de falso, para hacer el examen de ellas, en cuanto a los efectos, exclusivamente, del juicio de garantías, sin hacer declaración general alguna que afecte a él, y sin perjuicio del procedimiento penal correspondiente.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288571-d0c27d15/audiencia-en-los-juicios-de-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja en amparo civil. Allende Ricalde Ignacio. 9 de diciembre de 1920. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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