AUTO DE FORMAL PRISION.
El que se dicta sin que se compruebe la existencia del delito que se imputa al acusado, importa una violación del artículo 19 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288715-fcdcf2ca/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Coyt Daniel. 2 de febrero de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Benito Flores y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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