AUTO DE FORMAL PRISION.
El que se dicta sin estar comprobado el delito que se imputa al acusado, ni la responsabilidad de éste, es violatorio del artículo 19 de la Constitución.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291013-9e0f3ff9/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión. Cortés Teodoro. 21 de enero de 1918. Mayoría de diez votos. Disidente: Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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