LIBERTAD CAUCIONAL.
La libertad caucional hace cesar los efectos de la detención, resultante del auto de prisión formal, siendo improcedente, por tanto, la suspensión, contra la detención del quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/288804-303d370e/libertad-caucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Bello Enrique. 6 de marzo de 1920. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique Moreno e Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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