MULTA.
Cuando el amparo se promueve con manifiesta y notoria temeridad, debe imponerse una multa al quejoso, o a sus representantes o abogados.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289372-f824127b/multa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Méndez Maximiliano. 19 de noviembre de 1919. Unanimidad de ocho votos en lo que se refiere a la confirmación de la sentencia y mayoría de siete en lo que hace a la multa. Ausentes: Benito Flores, Enrique Moreno y Alberto M. González. Disidente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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