DESOCUPACION.
La base para ese juicio, consiste en el contrato de arrendamiento, y, por tanto, sólo puede decretarse aquélla contra la persona que, a título de arrendatario, ocupare la casa cuya desocupación se pretende.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/289553-2bed1498/desocupacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Salazar Guillermo. 22 de enero de 1919. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Santiago Martínez Alomía, Alberto M. González y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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