LIBERTAD CAUCIONAL.
No puede concederse a un procesado, cuando el delito que se le imputa tiene señalada una pena mayor de cinco años de prisión.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290188-4e47dc92/libertad-caucional · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Jácome Alejandro. 20 de julio de 1918. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Enrique Moreno no estuvieron presentes en la votación, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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