INTERDICTOS.
Si el promovente de ellos no justifica el derecho que le asiste para promoverlos, no constituye violación de garantías el que la autoridad respectiva deniegue su solicitud.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290225-d48a7eaa/interdictos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo mixto en revisión. Barrios Fuentes Rafael. 26 de julio de 1918. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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