TERMINO PARA INTERPONER AMPARO.
Deberá entablarse, contra resoluciones judiciales del orden civil, dentro de quince días, contados desde el siguiente al en que fue notificado el quejoso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290521-c15e7260/termino-para-interponer-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda, por extemporánea. Franco de Elizondo Macrina. 13 de septiembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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