DESOCUPACION.
Decretarla sin que esté comprobado que el contrato en cuya virtud se pide, está en vigor, puede dar lugar a graves errores jurídicos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290581-fbcb7baa/desocupacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Alvarez e Icaza Jesús. 20 de septiembre de 1918. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Agustín de Valle y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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