DESOCUPACION.
Decretarla contra lo asentado en la tesis precedente, constituye una violación de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292002-6829d7a0/desocupacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Pinillos de Rangel María. 29 de junio de 1918. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Enrique García Parra y Enrique Moreno. Disidentes: Agustín de Valle, Santiago Martínez Alomía, Manuel E. Cruz y Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Nota: La tesis a que se refiere este criterio, se encuentra publicada en el Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo II, página 1636, bajo el rubro "DESOCUPACION.".
Jurisprudencia relacionada
- DESOCUPACION. (s/clave)
- DESPOSEIMIENTO. (s/clave)
- DERECHO DE TRANSITO. (s/clave)
- DECOMISO. (s/clave)
- PODER EJECUTIVO. (s/clave)
- LEYES. (s/clave)
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