TRIBUNALES ESPECIALES.
No pueden considerarse así, los establecidos por las leyes, para administrar justicia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290613-6f305724/tribunales-especiales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. "Banco Hipotecario de Crédito Territorial Mexicano, S. A." 24 de septiembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín de Valle y Alberto M. González. La publicación no menciona el ponente.
Quinta Epoca:
Tomo III, página 901. Amparo civil en revisión. "Banco Hipotecario de Crédito Territorial Mexicano, S. A." 23 de septiembre de 1918. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín de Valle y Enrique García Parra. La publicación no menciona el ponente.
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