AUDIENCIA.
Conforme al espíritu de la ley, debe continuar sin interrupción hasta concluir con el fallo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290919-e1f60c75/audiencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Gobernador del Estado de Colima. 3 de enero de 1918. Unanimidad de once votos, en cuanto al primer punto resolutivo, y mayoría de siete votos en cuanto al segundo punto resolutivo. Disidentes: Santiago Martínez Alomía, Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno y Enrique García Parra. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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