JUECES DEL ORDEN COMUN.
No tienen facultad alguna para intervenir en amparos promovidos contra Jueces Federales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/290946-39a86e3f/jueces-del-orden-comun · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de sobreseimiento. Sanciprián Pedro. 5 de enero de 1918. Unanimidad de once votos en cuanto a lo principal, y mayoría de nueve votos, respecto del punto tercero. Disidentes: Agustín de Valle y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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