DERECHO DE PETICION.
Resolver un asunto contra las pretensiones del peticionario, no es violar ese derecho.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Lobato viuda de Barreiro Esther. 1o. de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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