REQUERIMIENTO, AUTO DE.
Se tiene por consentido el que no ha sido reclamado, por la vía de amparo, dentro del término legal.
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Oscós Máximo. 18 de febrero de 1918. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos, Agustín de Valle y Manuel E. Cruz. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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