PODER JUDICIAL.
Es atribución exclusiva de él, privar a las personas de sus posesiones, previo el juicio correspondiente y con entera sujeción a las leyes.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291454-3ee381f7/poder-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Lira Salvador. 15 de marzo de 1918. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique García Parra, Manuel E. Cruz y Enrique M. de los Ríos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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