PROBLEMA AGRARIO.
Las autoridades administrativas están facultadas para ejecutar, desde luego, los actos encaminados a la solución de ese problema, sin que los intereses particulares puedan impedirlo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291514-5b755c7f/problema-agrario · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Curbelo Julio F. 21 de marzo de 1918. Mayoría de siete votos. Ausentes: Enrique M. de los Ríos, Manuel E. Cruz y Enrique García Parra. Disidente: Victoriano Pimentel. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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