LEYES AGRICOLAS LOCALES.
Contra su aplicación no debe concederse la suspensión, porque la sociedad y el Estado están vivamente interesados en la resolución del problema agrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/281119-20ef5ec5/leyes-agricolas-locales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Gordoa Francisca y la sucesión de Gordoa Eugenio. 23 de agosto de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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