RECURSOS ORDINARIOS.
El hecho de que quepan contra una resolución judicial, es obstáculo para que, contra ella, pidan amparo las partes en el juicio; pero no las personas extrañas a él.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/291881-20ba5e3c/recursos-ordinarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión. Torres Aranda Francisco. 17 de mayo de 1918. Mayoría de ocho votos, en lo relativo a la confirmación de la sentencia, y unanimidad de diez votos en el punto relativo a desechar la petición de sobreseimiento, para los efectos expresados por el quejoso. Ausente: Victoriano Pimentel. Disidentes: Santiago Martínez Alomía y Enrique Colunga. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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