SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
Debe concederse aun cuando pueda producir algún perjuicio a tercero, si el que la pide da fianza de reparar ese perjuicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292437-6b81b951/suspension-del-acto-reclamado · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de suspensión. Hodgins Thomas J. 16 de febrero de 1918. Mayoría de ocho votos. Ausente: Enrique Moreno. Disidentes: Enrique Colunga y Santiago Martínez Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo I, página 790. Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Pineda Pedro M. y convecinos. 6 de diciembre de 1917. Mayoría de diez votos. Disidente: Santiago Martínez de Alomía. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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