PENA MENOR A LA SOLICITADA POR EL ORGANO DE ACUSACION.
La autoridad judicial tiene facultades para imponer penas menores de las que solicita el órgano de la acusación, teniendo en cuenta las condiciones personales del acusado y la forma y circunstancias en que cometió el delito, siempre y cuando la pena se encuentre dentro de los límites que le señale el artículo correspondiente al delito que se imputa al acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/292803-d5daa3c9/pena-menor-a-la-solicitada-por-el-organo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4542/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 16 de febrero de 1957. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos Franco Sodi.
Jurisprudencia relacionada
- PENA INFERIOR A LA CORRESPONDIENTE. (s/clave)
- PENA MINIMA NO OBLIGATORIA. (s/clave)
- PENA MINIMA NO OBLIGATORIA. (s/clave)
- PENA MINIMA, NO ES OBLIGATORIO IMPONER LA. (s/clave)
- PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA, CUANDO HABIENDOSE IMPUESTO LA MINIMA EN PRIMERA INSTANCIA, EL TRIBUNAL DE APELACION CONSIDERA COMETIDO DELITO DE MENOR PENALIDAD. (s/clave)
- PENA, FIJACION DE LA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis