LEGITIMA DEFENSA, APLICACION DEL PRINCIPIO DE INMEDIATEZ EN LA.
El hecho de huir el acusado y presentarse hasta un año cinco meses después de los hechos, y con un amparo en la mano en lugar de presentarse luego para demostrar con los medios pertinentes que había obrado en legítima defensa, es una presunción de culpabilidad, según lo ha resuelto esta Corte en anteriores ejecutorias.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293705-b4fa9b41/legitima-defensa-aplicacion-del-principio-de-inmediatez-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4290/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 14 de enero de 1955. Cinco votos. Ponente: Luis Chico Goerne.
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