LEGITIMA DEFENSA Y EXCESO EN ELLA.
No existió la legítima defensa, ya que el acusado no repelió una agresión actual, violenta y sin derecho, que significara peligro inminente para la vida de un familiar suyo, si en el momento en que se disparó, no había actualidad en la agresión que realizó el lesionado, ni violencia que implicase un peligro inminente, por lo que tampoco se puede estimar que el delito se cometió con exceso en la legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264671-ca98b9d2/legitima-defensa-y-exceso-en-ella · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7015/56. Rosalío Martínez Castañeda. 17 de octubre de 1957. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rodolfo Chávez S. Ponente: Carlos Franco Sodi.
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