DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE TOXICOMANOS.
El artículo 194 del Código Penal Federal, dispone que se impondrá prisión de uno a diez años y multa de cien a diez mil pesos al que comercie, elabore, posea, compre, enajene, ministre gratuitamente, o en general, efectúe cualquier acto de adquisición, suministro o tráfico de drogas enervantes sin llenar los requisitos que para el caso fijan las leyes. Ahora bien, si en la especie se probó plenamente que el acusado, siendo adicto a la droga es además traficante de ella, la sentencia condenatoria que se dicte por este motivo, es legal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/293804-b1e444a6/drogas-enervantes-trafico-de-toxicomanos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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