FRAUDE, DELITO DE.
El delito de fraude supone enriquecimiento indebido logrado para sí por parte del sujeto activo, con disminución patrimonial, que reporta el pasivo de la infracción, y para que el juzgador pueda establecer la certeza del delito y el reproche penal de una conducta delictiva, es necesario que se precise el resultado dañoso del patrimonio de la parte ofendida.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294106-6735fd63/fraude-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4468/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de julio de 1955. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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