LEGITIMA DEFENSA.
La agresión no reviste el carácter de peligro inminente por el sólo ademán de sacar una arma hecho por el sujeto leso, ya que no es "de presente" el peligro corrido por el reo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294181-f2de30ac/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2330/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de agosto de 1955. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
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