LEGITIMA DEFENSA Y RIÑA.
No aparece de autos acreditado que al privar de la vida al ofendido, el reo lo hubiera hecho repeliendo una agresión de la que corriera inminente peligro, si se advierte la modalidad delictiva de la riña, ya que con vías de derecho aceptó la actitud agresiva que dice tenían sus víctimas; conducta que lo puso en el mismo plano en que éstas se encontraban.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294357-c6d6aa74/legitima-defensa-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 184/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 20 de abril de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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