LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA, Y RIÑA.
El estado de riña hace incompatible la defensa legítima y, por ende, el exceso en ella por parte del sujeto activo del delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294635-4e1e1d80/legitima-defensa-exceso-en-la-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2127/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.
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