LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA, Y RIÑA.
Si se tipificó debidamente la modalidad de la riña en los hechos delictivos por los que se condena al reo, tal circunstancia excluye el exceso en la defensa legítima.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295156-b28d422a/legitima-defensa-exceso-en-la-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 5180/52. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 29 de octubre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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