RESPONSABILIDAD PENAL.
La relación de causa a efecto que debe existir entre el movimiento corporal del agente y el resultado concreto constituye, con arreglo a la dogmática de la culpabilidad, el fundamento imprescindible de toda responsabilidad jurídica penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294642-ca248895/responsabilidad-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2419/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 21 de enero de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Teófilo Olea y Leyva.
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