EXPLOTACION FORESTAL DELICTUOSA (APROVECHAMIENTO FORESTAL).
El artículo 53, fracción V, de La Ley Forestal sanciona la explotación o aprovechamiento forestales, cuando se efectúan sin el correspondiente permiso. Si bien es cierto que la explotación comprende la idea de continuidad, no sucede lo mismo respecto del aprovechamiento, que conforme el diccionario de la lengua española, significa todo esquilmo o producto de montes y dehesas, actos que para considerarse cometidos no es menester que sean repetidos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/294671-1e1a46ad/explotacion-forestal-delictuosa-aprovechamiento-forestal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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