ABIGEATO (LEGISLACION DE MICHOACAN).
La elevada y severa represión al abigeato va encaminada a proteger la seguridad, la paz y la tranquilidad en el campo, porque de no existir, se desquiciaría la vida rural; y este es el bien jurídico que protege la norma, y no el ganado en si mismo y por si mismo, porque no hay razón filosófica alguna para atribuir a esta riqueza una protección singular y sobre todas las demás que la ley estima suficientemente protegidas con la represión al robo, en el que el patrimonio es el bien jurídico atacado y vulnerado por el delito; por tanto, con el robo de una vaca, que al decir del dueño estaba amarrada junto a su domicilio, no se ataca la seguridad en el campo, sino solo el patrimonio del dueño, y no se comete el delito de abigeato, sino el de robo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295063-778d4b00/abigeato-legislacion-de-michoacan · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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