ENCUBRIMIENTO.
No por haberse creado el encubrimiento como fórmula delictiva autónoma, sustituyendo a la antigua clasificación de autores, cómplices y encubridores, lo que se hizo para poder sancionar también con autonomía a estos últimos, debe perderse de vista la calidad de consecuencia del mencionado encubrimiento, que supone la existencia de autor y delito principales, pero sin que la unidad en los fines antisociales se pierda por pluralidad de los infractores.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295235-b42fb4f9/encubrimiento · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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