PRUEBA PERICIAL EN MATERIA PENAL.
Si la responsable dio valor legal a un peritaje, y tanto el acusado como su defensor tuvieron oportunidad de nombrar peritos y aun de redargüir de falsedad dicho peritaje durante la instrucción, y no lo hicieron, resulta improcedente el agravio en que se objeta el repetido peritaje.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295253-f746b2b1/prueba-pericial-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3871/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 3 de diciembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Relator: Genaro Ruiz de Chávez.
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