PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
Si la autoridad responsable tomó en cuenta, para fijar el monto de la sanción, los informes necesarios referentes a la individualización de aquélla, es decir, los relativos a la determinación de la personalidad del delincuente y a la circunstancias de comisión del delito, y si, por otra parte, la entidad de la pena queda comprendida dentro de los extremos del precepto aplicable al caso, no cometió ninguna violación, toda vez que en el ejercicio de su arbitrio tiene facultad exclusiva y, de consiguiente, se encuentra en aptitud de señalar discrecionalmente la cuantía de la sanción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295442-6d5d0e48/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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