DROGAS, ENERVANTES (TOXICOMANOS Y TRAFICANTES).
No es aplicable el artículo 525 del Código Federal de Procedimientos Penales, si el reo, además de ser un toxicómano, también era traficante de la droga que consumía, por lo que independientemente del tratamiento a que tenga que sujetarse, está afecto a la responsabilidad como autor del delito contra la salud en su modalidad de posesión y tráfico de mariguana, y, por consiguiente, tiene que sancionársele de acuerdo con el artículo 194 del Código Penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295445-872078cb/drogas-enervantes-toxicomanos-y-traficantes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4957/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de agosto de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. Relator: Luis G. Corona.
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