PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA, EN MATERIA PENAL.
Si el juzgador, en uso de su arbitrio, se orientó por el dictamen de unos peritos, y para hacerlo así razonó su convicción, ésta debe ser respetada por el juez constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295496-ef14c79d/prueba-pericial-apreciacion-de-la-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 1506/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 18 de agosto de 1954. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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