CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR).
La buena conducta anterior del reo es presumible en tanto no se demuestre en forma fehaciente lo contrario, y esa buena conducta, concomitantemente, obliga a considerar acreditado el modo honesto de vivir, lo que satisface esas exigencias legales, para gozar de la condena condicional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295544-3aba9c41/condena-condicional-buena-conducta-y-modo-honesto-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3340/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 26 de agosto de 1954. Mayoría de tres votos. Disidentes: Luis G. Corona y Agustín Mercado Alarcón. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (MODO HONESTO DE VIVIR Y BUENA CONDUCTA). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL (BUENA CONDUCTA Y MODO HONESTO DE VIVIR). (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis