LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR.
El acto delictuoso no puede considerarse cometido en defensa del honor del ahora quejoso, sino más bien como una venganza, si no repelió ninguna agresión injustificada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295590-718e2ef4/legitima-defensa-del-honor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3192/54. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 11 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Agustín Mercado Alarcón.
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