LEGITIMA DEFENSA DEL HONOR.
No puede decirse que el reo hubiere obrado en defensa de su honor, si en el supuesto de que el hecho realizado por el occiso, constituyera una agresión al honor, el mismo ya se había consumado, y por lo tanto, no ofrecía el carácter de actualidad requerido por la ley, para que operara en su favor dicha eximente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/299548-01de225b/legitima-defensa-del-honor · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2051/48. Pérez Lucio Miguel. 17 de julio de 1950. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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