LEGITIMA DEFENSA.
No es exacto que se equipare el ademán de sacar un arma con la agresión actual, violenta y sin derecho que requiere la ley para la configuración de la excluyente de que se trata, ya que el ademán mismo no representa un peligro real, desde el momento en que puede no culminar con el acto de sacar el arma y dirigirla contra quien ve comprometida su existencia. La Ley, en este aspecto, es clara y debe ser aplicada con su interpretación gramatical.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/295768-ed68adc2/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 400/54 . Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 8 de abril de 1954. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis Chico Goerne.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA, EXISTENCIA DE LA. (31)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis