Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

CHEQUES SIN FONDOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 296025 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo CXX; Pág. 1972

Castigar la expedición de un cheque sin previsión de fondos cuando es el medio de pago de una deuda civil, o para garantizar un adeudo, es castigar la deuda civil incumplida y de igual naturaleza sería la simple insolvencia sin girar cheque o girando una letra de cambio, o extendiendo un pagaré, Etc., lo cual no es lógico ni humano, y ante todo constitucional. Por tanto, comprobado la existencia del adeudo civil entre el presunto ofendido y quien expidió el cheque sin fondos y de aquel que exige el documento ficticio, sabiendo que no sería pagado, máxime si con anterioridad tampoco lo fue, castigar la expedición de dicho cheque sin fondos que garanticen una deuda civil o mercantil, sería penar un adeudo derivado de un contrato privado, y la insolvencia ostensible por el cheque pagado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296025-624d35ae/cheques-sin-fondos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 4606/50. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 13 de marzo de 1953. Mayoría de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: José María Ortiz Tirado. Ponente: Teófilo Olea y Leyva.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis