MIEDO GRAVE Y RIÑA.
La contienda de obra que caracteriza la riña, elimina la posibilidad jurídica de las excluyentes de miedo grave y legítima defensa porque en ellas los contendientes no convienen en que haya agresión de ambas partes, aunque sea en forma rápida y rudimentaria.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296039-760c1ad3/miedo-grave-y-rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3122/51. Por acuerdo de la Primera Sala de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 23 de noviembre 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José María Ortiz Tirado.
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