RIÑA.
La riña se caracteriza por la actitud recíproca y amenazante de palabras o golpes entre los sujetos activo y pasivo del delito, o bien por la secuencia de un estado rijoso entre ambos que trae consigo la realización de las lesiones.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296102-594a8379/rina · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. 4352/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 22 de enero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Edmundo Elorduy.
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