LESIONES, DELITO DE.
Si el movimiento corporal del agente, al golpear a la víctima produjo su caída, aun en la hipótesis de que la lesión la hubiera recibido al pegarse contra el suelo, en todo caso la actividad desplegada por el quejoso le es reprochable, ya que establece la causa decisiva del resultado concreto, habida cuenta de que lo que es causa de la causa, es causa del mal causado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/296163-bc821f32/lesiones-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4396/53. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 10 de febrero de 1954. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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